domingo, 21 de septiembre de 2008

LA DISCRIMINACION RACIAL EN HUANCAYO – ASPECTOS NORMATIVOS

“SE NECESITA JOVEN O SEÑORITA DE BUENA PRESENCIA,” después de ver este aviso por las tiendas y restaurantes del centro de Huancayo nos podríamos plantear la siguiente pregunta “¿Que es la buena presencia?

Las Naciones Unidas eligieron el 21 de marzo como el día contra la Discriminación Racial, en homenaje a las víctimas de la matanza de Sharpeville, Sudáfrica, ocurrida en el año1960 en la que fallecieron a manos de la policía 69 personas en una manifestación pacífica contra las leyes de pases del apartheid. Han pasado 48 años y actualmente gran parte de la población cree que la discriminación racial es un fenómeno del pasado, sin embargo podemos ser testigos presenciales de cómo en nuestro país se sigue vulnerando el derecho a la igualdad de las personas.

Por ello, se han impulsado campañas de sensibilización por parte de la Sociedad Civil para contrarrestar este flagelo que se esconde por todas partes y que aparece en momentos menos esperados. En Huancayo, Lambayeque, Piura y Apurímac se conformaron mesas contra la Discriminación Racial a fin de generar incidencia en los diversos sectores de la población así como también en el Estado puesto que tiene la obligación de establecer Políticas Públicas que desarrollen una cultura de igualdad y buen trato. Un buen ejemplo de estas propuestas de políticas del sector público se dio con la iniciativa de la Municipalidad de Abancay la cual marco inicio de lucha contra la discriminación, la ordenanza señala que la discriminación es aquel acto que tiene como intención o efecto excluir, tratar como inferior a una persona, o grupo de personas, sobre la base de su permanencia a un grupo social y que tiene como objetivo disminuir sus oportunidades y opciones, anular o menoscabar el reconocimiento de sus derechos.

Si nos damos unas vueltas por la calle Real podremos observar que muchos establecimientos aun siguen requiriendo a jóvenes utilizando requisitos discriminatorios por ello el pasado 21 de noviembre del 2007 autoridades de la Región Junín firmaron el Pacto de Lucha contra la Discriminación iniciativa para propiciar políticas públicas, dándose así los primeros pasos, la Municipalidad Provincial de Huancayo emitió la Ordenanza Municipal 365 MPH/CM donde reconoce la igualdad entre los seres humanos y rechaza toda discriminación por raza, sexo, idioma, religión, condición social, económica, posición política, orientación sexual, condición de salud, discapacidad o de cualquier otra índole. El documento de identidad, DNI, será exigido solamente para la realización de trámites en los que se requiera acreditar la identidad de la persona, pero no para impedir el ingreso a las dependencias de la administración pública que tengan sus sedes dentro de la Jurisdicción de la Municipalidad de Huancayo.

Si bien la discriminación racial ya se encuentra estipulada en nuestra Constitución Política en su Art 2 Inc. 2 ; en el Código Penal en su artículo 323 que establece: “ El que por si o mediante terceros discrimina a una persona o grupo de personas o incita o promueva en forma publica actos discriminatorios por motivo racial con el objeto de anular o menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos de la persona será reprimido con pena privativa de libertad y si el agente es funcionario o servidor publico la pena será hasta por cuatro años de cárcel, ahora sobre esa famosa palabra: Buena Presencia contamos con la ley Nº 26772 la cual dispone que aquellas ofertas de empleo no deben contener requisitos que constituyan discriminación o alteración de la igualdad de oportunidades o de trato por ello las personas naturales o jurídicas que incurran en actos de discriminación serán sancionadas por el Ministerio de Trabajo y Promoción Social, una multa que equivaldría a S/10,350 nuevos soles.

No basta que la discrimacion racial se encuentre estipulada y sancionada en las normas Internacionales, en la Constitución o Código Penal puesto que su exigibilidad implica en algunos casos engorrosos tramites y gastos, por ello uno de los mecanismos de exigibilidad contra actos de discriminación es través de las municipalidades, contando ahora con una norma local (ordenanza Municipal 365) permite a las municipalidades involucrarse en el ejercicio irrestricto de los derechos de la persona frente a cualquier acto discriminatorio en la provincia de Huancayo.


*Abogado de AMUNDPERU
Mesa Contra la Discriminación Racial y otras formas de discriminacion - JUNIN


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